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Quiebra de empleados y demandas judiciales

Nota: Si actualmente está interponiendo o tiene previsto interponer una demanda contra su empleador, o ha presentado una reclamación ante un organismo administrativo como la EEOC, es extremadamente importante que consulte con su abogado (tanto su abogado laboral como su abogado de quiebras, si tiene uno) antes de declararse en quiebra. Este paso tendrá consecuencias extremadamente importantes para su reclamación contra su empleador, por lo que es fundamental que sus abogados estén al tanto de su plan de declararse en quiebra y tengan la oportunidad de asesorarle plenamente sobre cómo la declaración de quiebra afectará a su caso laboral.

Si ya se ha declarado en quiebra y aún no se lo ha comunicado a sus abogados laboralistas y de quiebras, es muy importante que lo haga inmediatamente, ya que usted y sus abogados deben actuar con prontitud para intentar minimizar las consecuencias de la declaración de quiebra. Cuanto más se demore, más probable es que sus acciones puedan ser vistas como un intento de engañar o defraudar al tribunal de quiebras, lo que podría costarle la posibilidad de continuar con su caso laboral.

Tener que declararse en quiebra durante una disputa con su empleador, o antiguo empleador, es una posibilidad demasiado real. Al fin y al cabo, lo más probable es que no presentara una demanda si estuviera recibiendo el dinero que se merece. Aunque los efectos de la quiebra pueden parecer complicados al principio, la regla básica es que sus acreedores tienen prioridad. Para saber más sobre la quiebra y cómo puede afectar a su demanda, lea a continuación:

Cuando usted se declara en quiebra en virtud de cualquier capítulo del Código de Quiebras, todos sus activos pasan a ser "propiedad" de la masa de la quiebra y quedan sujetos a la administración del tribunal de quiebras en el que usted se declara. Por lo tanto, si solicita la protección por quiebra en cualquier momento después de que surja su reclamación laboral, su interés en cualquier pleito pendiente también pasa a ser propiedad de la masa de la quiebra, que incluye "todos los intereses legales o equitativos del deudor en bienes a partir del inicio del caso de quiebra." 11 U.S.C. § 541(a)(1)La fecha relevante a efectos concursales es cuando surge la reclamación -cuando se produjo el hecho o hechos laborales objeto de su demanda-, no cuando usted presenta efectivamente su reclamación administrativa o demanda propiamente dicha.

Las consecuencias de su declaración de quiebra pueden ser dramáticas. La presentación de una petición de quiebra le priva literalmente de toda capacidad para dirigir el curso de su litigio laboral y de la autoridad para recibir directamente el producto de cualquier indemnización monetaria obtenida en el litigio.

En su lugar, el tribunal de quiebras y cualquier administrador designado por el tribunal para administrar sus activos tienen la autoridad para determinar:

  • La posibilidad de entablar una acción;
  • La tarifa o tarifas a las que se compensará a cualquier abogado por la representación; y,
  • Si se resuelve el litigio y en qué condiciones.

Su abogado debe obtener la aprobación del tribunal de quiebras para ser contratado como "abogado especial" para proseguir el litigio. Huelga decir que su abogado puede no estar dispuesto a seguir representándole si existe la posibilidad de que no sea contratado por el administrador de la quiebra y/o no reciba la compensación acordada cuando usted firmó un acuerdo de representación. Por este motivo, debe informar a su abogado inmediatamente, si no lo ha hecho ya, una vez que se declare en quiebra, para que su abogado pueda tomar las medidas oportunas para ser contratado por el síndico y continuar con su caso.

El Tribunal de Quiebras exige a los deudores que identifiquen todos sus activos en sus planillas de quiebra para dar al síndico y a todos los acreedores la oportunidad de decidir cómo "administrar" la masa de la quiebra. En la liquidación en virtud del Capítulo 7 o en el ajuste de las deudas de un particular en virtud del Capítulo 13, intervendrá un fideicomisario.  En una reorganización conforme al Capítulo 11, que es admisible para algunas personas con ingresos elevados, se puede nombrar o no un síndico, pero el tribunal sigue teniendo autoridad para administrar el caso a través de la masa de la quiebra.

Esto significa que, al solicitar la declaración de quiebra, debe revelar, bajo pena de perjurio, "todos los juicios y procedimientos administrativos en los que el deudor haya sido o sea parte en el plazo de un año inmediatamente anterior a la presentación del caso de quiebra." Formulario 7, Declaración de asuntos financieros Además, debe revelar "los créditos contingentes y no liquidados de cualquier naturaleza", así como los intereses equitativos. Anexo B, Bienes muebles También está obligado a estimar el valor de las reclamaciones, lo que debe hacer consultando a su abogado laboralista.

Por lo tanto, debe revelarse cualquier acusación pendiente ante la EEOC o cualquier oficina estatal de derechos humanos, u otro procedimiento administrativo de una agencia estatal o federal, así como cualquier reclamación pendiente ante cualquier tribunal.

Un síndico, con la aprobación del tribunal, puede decidir esperar a recibir los fondos de una reclamación pendiente y distribuir los ingresos entre los acreedores del deudor, o puede decidir "abandonar" la reclamación, en cuyo momento los ingresos irían directamente al deudor. En muchos casos, el síndico determinará que la reclamación es demasiado especulativa o que llevará demasiado tiempo tramitarla, por lo que no impedirá la resolución del caso de quiebra en los plazos previstos, y optará por abandonarla. El hecho de que el síndico siga adelante con la reclamación en nombre de la masa de la quiebra y de sus acreedores queda a su discreción, pero debe determinarse bajo la supervisión del tribunal.

Sin embargo, cuando el síndico no desiste de la demanda, el producto del litigio debe pasar por la masa de la quiebra para ser distribuido entre sus acreedores. Si, una vez pagados todos los acreedores, quedan fondos sobrantes, el síndico los entregará al demandante/deudor.

Si no comunica su demanda de empleo al tribunal de quiebras, pone en un aprieto a su abogado laboralista y compromete seriamente el valor potencial de su caso.

El hecho de no revelar su reclamación al síndico o al tribunal interfiere en la capacidad del síndico y del tribunal para determinar si debe "administrarla" o "abandonarla". Los bienes de la masa que no se abandonan y que no se administran en el caso siguen siendo propiedad de la masa de la quiebra. 11 U.S.C. § 544(d).  See <i>Bickford v. Ponce de Leon Care Center</i>, 918 F. Supp. 377 (M.D. Fla. 1996) (employment discrimination claim belonging to the debtor at the time of the bankruptcy case filing is property of the bankruptcy estate that may be pursued only by the trustee); <i>In re Drexel Burnham Lambert Group, Inc.</i>, 160 B.R. 508 (S.D.N.Y. 1993) (undisclosed claim of debtor remains property of bankruptcy estate and debtor loses all rights to enforce it in his own name, five years after discharge from bankruptcy);  <i>Correll v. Equifax Check Services., Inc.</i>, 234 B.R. 8 (D. Conn. 1997) (Fair Debt Collection Practices Act claim property of the estate and debtor was without standing to pursue the claim);  <i>In re Lewis</i>, 273 B.R. 739 (Bankr. N.D. Ga. 2001) (wrongful death claim that arose before bankruptcy petition property of the estate and case should be reopened to allow a trustee to decide whether to pursue or abandon the claim)

Un caso centenario describe el principio básico seguido por los tribunales de quiebras:

No puede ser que una quiebra, por omitir consignar y ocultar a su síndico todo conocimiento de cierta propiedad, pueda, después de que su patrimonio en quiebra haya sido definitivamente cerrado, inmediatamente después hacer valer el título de la propiedad sobre la base de que el síndico nunca había tomado ninguna acción con respecto a ella. Si el crédito era de valor... era algo a lo que los acreedores tenían derecho, y esta quiebra no podía, ocultando el conocimiento de su existencia, obtener una exoneración de sus deudas y seguir haciendo valer la titularidad de la propiedad. <i>First National Bank v. Lasater</i>, 196 U.S. 115, 119 (1905)

Los tribunales han dictaminado que los acreedores deben tener la oportunidad de compartir los frutos de cualquier recuperación que usted reciba. No importa si actuó de mala fe: los tribunales admiten la posibilidad de un error honesto cuando usted se presenta ofreciendo compartir los frutos de la recuperación con sus acreedores.

All states have a list of assets that are exempt from becoming part of the bankruptcy estate, and chances are your workers’ compensation is one of those assets. However, due to complicated nature of some states’ bankruptcy laws, it is best to ask your bankruptcy lawyer about the laws in your state. For example, in California if your workers’ compensation settlement has been modified, like when you receive an advanced payment on the settlement, then your workers’ compensation may no longer be exempt.

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Madeline Messa

Madeline Messa es estudiante de tercer año en la Facultad de Derecho de la Universidad de Siracusa. Se licenció en Periodismo en Penn State. Con su investigación jurídica y la redacción de Workplace Fairness, se esfuerza por dotar a las personas de la información que necesitan para ser su mejor defensor.